6/7/12

AUMENTO DE TASAS AÉREAS, RETROACTIVIDAD Y DEMÁS CLÁUSULAS ABUSIVAS


En el paquete de medidas tomadas por el gobierno de España para la reestructuración de AENA y para la mejora de las cuentas del ente aeroportuario se acordó incrementar las tasas aeroportuarias a partir del 1 de julio, subida, que oscila entorno al 19% de media, aunque en aeropuertos como Barajas o el Prat pueden llegar a ser del 50% y también eliminar las bonificaciones aéreas que había implantado el ejecutivo de Rodriguez Zapatero.
Hasta ahí parecía que todo estaba claro. A partir del 1 de julio las compañías aéreas repercutirían, una vez más, el alza de dichas tasas en los precios de los billetes que se pusieran a la venta  a partir de dicha fecha. 
Sin embargo, la medida sí tendrá efecto retroactivo después de que el PP no apoyara  en el Congreso de los Diputados la enmienda de CIU (que si apoyó en el senado) en la que pedía que el alza fuera solo aplicable a los billetes adquiridos tras entrar en vigor la nueva normativa. Y es que el ejecutivo puntualiza que las tasas aéreas se cobran a las compañías en el momento en el que se realiza el vuelo, independientemente de cuando éstas lo comercialicen. Aena y la cartera de Fomento se imponían así  al Ministerio de Hacienda, que apoyaba que la subida de tasas no tuviera efecto retroactivo por la inseguridad jurídica que ello podía provocar.
Parece que como en el caso del "aumento de tasas por carburante" la "batalla" entre administración, aerolíneas y pasajeros está servida.
El cambio de "idea" del PP en el Congreso, que ya había votado la enmienda a favor en el senado ha molestado al sector turístico y en especial a las compañías aéreas, touroperadores y agencias de viaje. Las patronales aéreas confían en que la Comisión Europea invalide la subida de tasas aprobada ya   en los Presupuestos del Estado para 2012 por un defecto de forma en la tramitación de Aena y el Ministerio de Fomento. 
A tal efecto la Comisión Europea va a investigar el asunto de las subidas de tasas aeroportuarias en los aeropuertos de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat a fin de garantizar el cumplimento de las disposiciones de la Directiva europea este respecto.
Las aerolíneas no han tardado en tomar una decisión sobre quién pagará esas tasas. Si bien sobre la decisión de repercutir dicha subida en precio de los billetes comprados a partir del 2 de julio hay unanimidad, no es así con los billetes comprados, y pagados con anterioridad a la subida de tasas.
Y es que como ocurriera en su día con el famosos "recargo por combustible" parece que a pesar de que el contrato que conlleva la compra de un billete recoge en su "letra pequeña" esta posibilidad, podría tratarse de una cláusula abusiva y por tanto nula de pleno derecho y algunas aerolíneas no quisieran verse envueltas en pleitos que acabarían perdiendo.
Así, mientras aerolíneas como Vueling o Ryanair han comenzado a enviar e-mails a sus clientes para anunciarles el inminente cobro de dichas tasas, aún con su billete pagado y emitido para poder volar, la OCU recomienda solicitar el reembolso del incremento de tasas en una queja formal y escrita a la aerolínea ya que a pesar de que la Ley de Seguridad Aérea establece con carácter general que el importe de este tipo de prestaciones puede ser repercutido a los pasajeros en el correspondiente título de protección de los consumidores, el Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona ha declarado recientemente en una sentencia "abusiva y nula" la cláusula que permite a las aerolíneas aumentar el precio de los billetes de avión si las tasas suben después de hacer la reserva y antes de volar, motivo por el que ante esta inseguridad jurídica, el Ministerio de Hacienda no apoyaba su efecto retroactivo. 



Aerolíneas que vuelan desde Asturias:

En el caso de las aerolíneas que operan en el aeropuerto asturiano se dan los siguientes casos:

VUELING: cobrará a los pasajeros las tasas con carácter retroactivo.
RYANAIR: cobrará a los pasajeros las tasas con carácter retroactivo.
AIR BERLIN: cobrará a los pasajeros las tasas con carácter retroactivo.
VOLOTEA: cobrará a los pasajeros las tasas con carácter retroactivo.

IBERIA: no se ha pronunciado pero no lo prevé.
AIR NOSTRUM: no se ha pronunciado pero no lo prevé.
ORBEST: no se ha pronunciado pero no lo prevé.
AIR EUROPA: no se ha pronunciado pero no lo prevé.

EASYJET: no cobrará a los pasajeros las tasas con carácter retroactivo.


En el caso del aeropuerto asturiano, el aumento de tasas para vuelos con salida desde Asturias será de 1.72 euros/pasajero. Sin embargo, la fuerte subida de tasas en aeropuertos como Madrid o Barcelona, con mucho tráfico hacia Asturias, ha provocado que el viaje de ida y vuelta desde Asturias se incremente en 10.84 euros en el caso de Madrid, y de 10.67 euros en el caso de Barcelona.


Parece que como recomienda la OCU, una vez más, la solución pasa por pagar las tasas para poder volar y reclamar el reembolso de las mismas por tratarse de una cláusula abusiva y nula.




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